También sube el recargo de equivalencia
Los tipos del recargo de equivalencia serán los siguientes:
- Con carácter general, el 5,2 %
- Para las entregas de bienes a las que resulte aplicable el tipo impositivo establecido en el artículo 91, apartado I de esta Ley, el 1,4 %
- Para las entregas de bienes a las que sea aplicable el tipo impositivo previsto en el artículo 91, apartado II de esta Ley, el 0,5 %
Esto quiere decir que:
IVA |
RECARGO DE EQUIVALENCIA |
21 % |
5,2% |
10 % |
1,4 % |
4 % |
0,5 % |